Dirección Ejecutiva de Organización y Capacitación Electoral
Art. 38 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca (CIPPEO)
Apoyar el procedimiento de selección de aspirantes a la integración de los consejos distritales y municipales electorales conforme a este Código; así como su instalación y funcionamiento;
Elaborar los formatos de la documentación y material electoral de los procesos electorales, para someterlos por conducto de la Dirección General a la aprobación del Consejo General;
Proveer lo necesario para la impresión y distribución de la documentación y material electoral autorizados;
Actuar como integrante del Comité de Información;
Recabar de los consejos distritales y municipales electorales, copias de las actas de sus sesiones y demás documentos relacionados con el proceso electoral;
Recabar la documentación necesaria e integrar los expedientes, a fin de que el Consejo General efectúe los cómputos que conforme a este Código debe realizar;
Llevar la estadística de las elecciones estatales;
Formular, con base en los estudios que realice, el proyecto de dictamen relativo a la división del Estado en distritos electorales y del ámbito territorial de los mismos, y someterlo a la consideración del Consejo General a través del Director General;
Mantener actualizado el mapa geográfico electoral del Estado; y
Las demás que le confiera este Código y la normatividad interna del Instituto.